XL Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud


RESOLUCIONES

 

 

CD40.R1 El Consejo Directivo,

 Habiendo considerado el informe del Director sobre la recaudación de las cuotas (documento CD40/25 y Add. I) y la preocupación expresada durante la 120.a. Sesión del Comité Ejecutivo1 con respecto al estado que guarda la recaudación de las cuotas;

  Observando que Venezuela pagó $11.007.131 en cuotas atrasadas en 1997 y que ya no está sujeto a la aplicación del Artículo 6.B de la Constitución, y

 Tomando nota además de que Bolivia y Cuba tienen atrasos de más de dos años completos en el pago de sus cuotas y están sujetos a la aplicación del Artículo 6.B de la Constitución,

Resuelve:

1. Tomar nota del informe del Director relativo a la recaudación de las cuotas (documento CD40/25 y Add. I).

2. Agradecer a los Estados Miembros que ya han efectuado pagos en 1997, e instar a todos los Estados Miembros con atrasos en sus cuotas a que cumplan de manera expedita sus compromisos financieros con la Organización.

3. Felicitar a Bahamas, Belice, Canadá, Colombia, Dominica, El Salvador, Francia, Guyana, Reino de los Países Bajos, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía y Suriname por haber logrado liquidar totalmente sus cuotas durante 1997.

4. Felicitar a Antigua y Barbuda, Chile, Costa Rica, Cuba, Guatemala, Haití, Jamaica, Nicaragua, San Vicente y las Granadinas, Trinidad y Tabago, y Venezuela por el empeño que han puesto en reducir el atraso en sus cuotas de años anteriores.

5. Solicitar al Director que notifique a Bolivia y a Cuba que sus privilegios de voto quedan restablecidos en este XL Consejo Directivo, sobre la base de los pagos recientes fectuados por Bolivia y la renovación de su compromiso oficial con los términos de su plan de pagos diferidos, y del cumplimiento por parte de Cuba de su plan de pagos diferidos.

6. Solicitar al Director:

a)  que continúe vigilando la puesta en práctica de los convenios especiales hechos por los Estados Miembros con relación al pago de sus cuotas atrasadas de años anteriores;

b)  que informe al Comité Ejecutivo sobre el cumplimiento por los Estados miembros de sus compromisos de pago de las cuotas;

c)  que informe a la 25.a Conferencia Sanitaria Panamericana acerca del estado que guarde la recaudación de las cuotas correspondientes a 1998 y años anteriores.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R2     El Consejo Directivo,

Resuelve:

1. Asignar para el ejercicio financiero 1998-1999 la cantidad de $185.380.944, distribuida de la siguiente manera:

Parte I

Parte II

Parte III

Parte IV

Parte V

Parte VI

Parte VII

 

Parte VIII

 

 

 

 

Cuerpos Directivos

Salud y Desarrollo Humano

Desarrollo de Sistemas y Servicios de Salud

Promoción y Protección de la Salud

Protección y Desarrollo Ambiental

Prevención y Control de Enfermedades

Servicios Administrativos

--------------

Presupuesto efectivo para 1998-1999 (Partes I-VII)

Impuestos del personal (Transferencia al Fondo de

Igualación de Impuestos)

--------------

Total - Todas las partes

=================

2.143.000

73.105.400

19.932.700

18.212.300

12.973.400

22.441.800

19.769.400

168.578.000

16.802.944

____________

185.380.944

=========

 

2. Que la asignación sea financiada mediante:

a)

 

 

 

 

 

 

b)

 

 

Cuotas asignadas correspondientes a:

Los Estados Miembros, Estados Participantes y Miembros Asociados, fijadas egún la escala adoptada por la Organización de los Estados Americanos, de conformidad con el Artículo 60 del Código Sanitario Panamericano o de acuerdo con las resoluciones del Consejo Directivo y la Conferencia Sanitaria Panamericana

Ingresos varios 

Total

 

 

 

 

 

 

173.680.944

11.700.000

---------------

185.380.944

==========

 

 

 Al establecer las contribuciones de los Estados Miembros, Estados Participantes y Miembros Asociados, sus cuotas se reducirán además por la cantidad que quede a su crédito en el Fondo de Igualación de Impuestos, con la excepción de los créditos de aquellos que gravan con impuestos la remuneración que perciben de la Oficina Sanitaria Panamericana (OSP) sus nacionales y residentes se reducirán en un importe respectivo igual a los reembolsos de dichos impuestos por la OSP.

3. Que, de conformidad con el Reglamento Financiero de la OPS, las cantidades que no excedan de las asignaciones incluidas en el párrafo 1 se apliquen al pago de las obligaciones contraidas durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1998 y el 31 de diciembre de 1999, inclusive. No obstante lo dispuesto en este párrafo, las obligaciones contraidas durante el ejercicio financiero 1998-1999 se limitarán al total del presupuesto por programa, es decir, a las partes I-VII.

4. Que el Director estará autorizado para transferir fondos entre las partes del presupuesto vigente, siempre que las transferencias que se efectúen entre dichas partes no excedan del 10% de la parte de la cual los fondos son transferidos, excluyendo la provisión hecha por transferencias del Programa de Desarrollo del Director en la parte II. Con excepción de la provisión hecha por el Programa de Desarrollo del Director en la parte II, las transferencias de fondos entre partes del presupuesto que excedan el 10% de la parte de la cual se transfieren los fondos podrán efectuarse con la aprobación del Comité Ejecutivo. El Director está autorizado a asignar montos, no excediendo la provisión del Programa de Desarrollo del Director, a aquellas partes del presupuesto vigente bajo las cuales las obligaciones serán incurridas. Todas las transferencias de fondos del presupuesto serán comunicadas al Consejo Directivo o a la Conferencia Sanitaria Panamericana.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R3     El Consejo Directivo,

 Considerando que las cuotas de los Estados Miembros que figuran en la escala adoptada por la Organización de los Estados Americanos (OEA) se asignan según los porcentajes que figuran en dicha escala, ajustada a los Miembros de la OPS, de conformidad con el Artículo 60 del Código Sanitario Panamericano, y

 Considerando que este reajuste fue hecho tomando en cuenta las cuotas de Cuba, los Estados Participantes y Miembros Asociados,

Resuelve:

 Establecer las cuotas de los Estados Miembros, Estados Participantes y Miembros Asociados de la Organización Panamericana de la Salud para el ejercicio financiero 1998-1999 de conformidad con la escala de cuotas indicada a continuación y en las cantidades correspondientes.




Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R4   El Consejo Directivo,

Habiendo examinado el informe (documento CD40/23) sobre el análisis del Programa de Salud y Ambiente,

RESUELVE:

1. Hacer un llamamiento a los Estados Miembros para que continúen sus esfuerzos por desempeñar una función de liderazgo bien definida en la gestión de los problemas de salud relacionados con el medio ambiente.

2. Aceptar la propuesta del Director para reorientar el enfoque operativo del Programa de Salud y Ambiente.

3. Pedir al Director:

a) que continúe las negociaciones con el Gobierno de México a fin de tomar las medidas legales y administrativas que se requieran para formalizar la supresión del Centro Panamericano de Ecología Humana y Salud (ECO) el 31 de diciembre de 1997;

b) que apoye al Gobierno de México en el establecimiento de un centro nacional de salud ambiental;

c) que, ante la supresión del ECO, efectúe las modificaciones pertinentes en el programa de trabajo del Centro Panamericano de Ingeniería y Ciencias del Ambiente (CEPIS), con especial referencia a la capacitación, en particular en materia de epidemiología ambiental, en consulta con el Gobierno del Perú;

d) que, en las gestiones correspondientes, vele por que el acceso de los países a los servicios del CEPIS sea fluido y por que tales servicios sean integrales y adecuados a las necesidades de los mismos en materia de salud ambiental.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R5   El Consejo Directivo,

Elección de tres Estados Miembros para integrar el Comité Ejecutivo por haber llegado a su término el mandato de El Salvador, Estados Unidos de América y Saint Kitts y Nevis

Teniendo en cuenta lo dispuesto en los Artículos 9.B y 15.A de la Constitución de la Organización Panamericana de la Salud, y Considerando que Antigua y Barbuda, Ecuador y México fueron elegidos para integrar el Comité Ejecutivo por haber llegado a su término los mandatos de El Salvador, Estados Unidos de América y Saint Kitts y Nevis,

Resuelve:

1.  Declarar elegidos a Antigua y Barbuda, Ecuador y México para integrar el Comité Ejecutivo por un período de tres años.

2.  Agradecer a El Salvador, Estados Unidos de América y Saint Kitts y Nevis los servicios

prestados a la Organización por sus delegados en el Comité Ejecutivo durante los últimos tres años.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R6     El Consejo Directivo,

 Habiendo examinado el informe sobre la salud de los pueblos indígenas (documento CD40/14);

 Reconociendo el cúmulo de pruebas que no cesa de aumentar sobre las inequidades en el estado de salud y en el acceso a los servicios sanitarios básicos para los aproximadamente 43 millones de indígenas de la Región de las Américas, y

 Considerando los obstáculos económicos, geográficos y culturales que se oponen a la prestación eficiente y eficaz de servicios de salud pública y de atención sanitaria a las personas en zonas rurales aisladas y en las zonas urbanas marginales de la mayoría de los países,

Resuelve:

1. Tomar nota del informe sobre el progreso en la ejecución de la resolución CD37.R5, reafirmar el compromiso con las metas del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo, y aprobar las actividades propuestas en el documento CD40/14.

2. Exhortar a los Estados Miembros que han iniciado el proceso de reforma del sector sanitario a ser persistentes en los esfuerzos para detectar, vigilar y eliminar las inequidades en el estado de salud y en el acceso a los servicios sanitarios básicos de los grupos vulnerables, en especial los pueblos indígenas.

3. Señalar a los Estados Miembros que la renovación de la meta de salud para todos exige que se encuentren soluciones sostenibles para hacer frente a los bstáculos económicos, geográficos y culturales que impiden brindar asistencia adecuada a los grupos vulnerables.

4. Pedir al Director que continúe esforzándose por llevar a la práctica la Iniciativa de Salud de los Pueblos Indígenas.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R7   El Consejo Directivo,

  Visto el informe sobre la salud oral de la población de las Américas (documento CD40/20);

 Considerando las orientaciones estratégicas y programáticas de la Organización Panamericana de la Salud para el período 1995-19981 así como la estrategia regional de salud oral de la Organización;

 Reconociendo que la salud oral es un aspecto fundamental de las condiciones generales de salud en toda la Región de las Américas debido a la importancia que tiene como parte de la carga global de morbilidad, los costos relacionados con su tratamiento y la posibilidad de aplicar medidas eficaces de prevención, y

 Reconociendo que la OPS ha cooperado con los países de la Región en el establecimiento de las bases conceptuales y técnicas para el desarrollo de políticas, infraestructuras y capacidades programáticas relacionadas con los programas nacionales de salud oral,

RESUELVE:

1. Hacer suyo el documento CD40/20 que describe la situación de la salud oral en la Región y las estrategias propuestas, destinadas a apoyar los esfuerzos gubernamentales para mejorar la eficacia y la eficiencia de los programas preventivos de salud oral, así como fortalecer la organización y la prestación de servicios de salud oral en la Región.

2. Instar a los Estados Miembros:

a) a que promuevan el establecimiento y desarrollo de programas nacionales de prevención de las enfermedades bucodentales con énfasis en la fluoruración del agua, la sal u otros vehículos como medida eficaz y eficiente para la disminución de la caries dental en la población;

b) a que promuevan el establecimiento o fortalecimiento de servicios nacionales eficientes y sostenibles de salud oral que sean accesibles a las poblaciones más necesitadas;

c)  a que fortalezcan la capacidad técnica de las instituciones nacionales y locales responsables de la salud oral de los grupos poblacionales más necesitados en sus países;

d)  a que promuevan acciones de cooperación intersectoriales entre sus respectivos países para favorecer el adecuado desarrollo de los programas nacionales de salud oral.

3. Solicitar al Director:

a)  que apoye el establecimiento y coordinación de alianzas estratégicas que promuevan y faciliten el desarrollo de la estrategia regional de la OPS para salud oral;

b)  que estimule la cooperación técnica entre países en actividades que promueva la salud oral.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R8   El Consejo Directivo,

 Visto el informe sobre el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA) en las Américas (documento CD40/17 y Add. I);

 Considerando que las enfermedades de transmisión sexual aumentan el riesgo de transmisión del VIH, y que la infección con VIH/SIDA es fundamentalmente una enfermedad de transmisión sexual y una epidemia emergente que afecta a adolescentes y adultos jóvenes en la Región, y

 Teniendo en cuenta el número creciente de personas que viven con la infección con VIH/SIDA y que requerirán atención médica y social humana, apropiada y eficiente en función de costos,

RESUELVE:

1.  Apoyar las estrategias y recomendaciones propuestas en el documento de referencia, con miras a fortalecer la capacidad gerencial de los programas nacionales, mejorar la vigilancia epidemiológica, identificar prácticas óptimas de prevención, validar modelos apropiados para la atención de las personas con infección por el VIH/SIDA, e incrementar las actividades específicas de control de enfermedades de transmisión sexual (ETS) en la Región.

2. Instar a los Estados Miembros, en colaboración con la OPS y el ONUSIDA:

a)  a que asuman activamente el liderazgo de la coordinación de los esfuerzos nacionales, promoviendo la respuesta intersectorial amplificada para la prevención del VIH/SIDA, preconizada por la OPS/OMS y el ONUSIDA;

b)  a que fortalezcan las acciones del sector salud en el área del control de las ETS, enfocando específicamente la vigilancia epidemiológica y la atención de las ETS más comunes y con mayor impacto en las mujeres y los adolescentes;

c)  a que redoblen los esfuerzos de movilización de recursos a nivel nacional y fomenten la cooperación horizontal entre países para reforzar la capacidad técnica de los programas nacionales de prevención y control de VIH/SIDA y las ETS, a nivel subregional.

3. Solicitar al Director:

a) que mantenga la capacidad técnica y científica de la Región e incremente la colaboración interprogramática de la OPS en la prevención del VIH/SIDA y las ETS, y el apoyo al ONUSIDA;

b) que informe a los Cuerpos Directivos, anualmente hasta que se decida otra cosa, sobre los cambios científicos, epidemiológicos, políticos o programáticos que requieran la atención de los mismos;

c) que apoye el esfuerzo de los países por hacer más accesibles los nuevos tratamientos a todas las personas que viven con VIH/SIDA en las Américas;

d) colabore con los países para hacer que los esfuerzos de comunicación masiva que estos desarrollan en el control del VIH/SIDA sean cada vez más efectivos.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R9   El Consejo Directivo,

 Visto el informe del Director sobre la situación nutricional en las Américas y el Plan de Acción (documento CD40/31);

 Considerando las decisiones adoptadas en la Cumbre Mundial en favor de la Infancia (1990) y la Conferencia Internacional sobre Nutrición (1992);

 Reconociendo la importancia que la nutrición tiene para el futuro social y económico de los países de la Región;

 Reconociendo que la situación de nutrición de la madre y el niño tiene consecuencias en la vida adulta de todos los individuos y en las próximas generaciones;

 Valorando la participación activa de la población en la solución de los problemas nutricionales, y

 Considerando la cooperación técnica que la OPS y otros organismos internacionales han brindado al diseño de políticas y desarrollo de planes y programas,

RESUELVE:

1.  Aprobar el marco conceptual y Plan de Acción para las Américas del Programa de Alimentación y Nutrición, presentado en el documento CD40/31.

2. Instar a los Estados Miembros:

a) a que ratifiquen el tema de nutrición en la agenda política y pública;

b)  a que estimulen el mejoramiento de la capacidad técnica y gerencial de los países para el diseño de políticas, planes y programas, a través de la formación técnica y gerencial de recursos humanos, de la participación de los sectores público y privado, del uso de la capacidad instalada en los países, del compromiso de los medios de comunicación masiva, y de la participación amplia de la misma población;

c)  a que identifiquen y desarrollen intervenciones con equipos multiprofesionales, coordinación intersectorial e interagencial y con énfasis en prevención de las enfermedades y promoción de la salud;

d)  a que fortalezcan el trabajo intersectorial incorporando a las organizaciones no gubernamentales, el sector privado, los medios de comunicación masiva y la sociedad civil.

4. Recomendar al Director:

a)  que apoye el desarrollo y difusión del marco conceptual del Programa de Alimentación y Nutrición;

b)  que abogue por la buena nutrición de la población y en particular de las mujeres, los niños y las niñas, en el contexto de la promoción de la salud, en las diferentes instancias, nacionales e internacionales;

c)  que refuerce y active las redes nacionales, regionales e internacionales que trabajan en nutrición, utilizando las redes de información más avanzadas;

d)  que promueva la investigación operativa, incluyendo la evaluación de planes y programas de alimentación y nutrición y su respuesta a las necesidades cambiantes de la población en esta materia.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R10   El Consejo Directivo,

 Habiendo examinado el informe sobre recopilación y utilización de datos básicos (documento CD40/19);

 Considerando que la información y el conocimiento sobre las condiciones de salud y bienestar de la población es un insumo estratégico para el establecimiento de políticas, programación, vigilancia y evaluación de las respuestas sociales en el campo de la salud, y

 Consciente de la necesidad de asegurar la disponibilidad de información de calidad sobre la situación sanitaria y la cobertura de los servicios de salud en la Región de las Américas,

Resuelve:

1. Tomar nota del documento CD40/19 y del esfuerzo regional para consolidar un sistema automatizado de información técnica en salud que permita el acceso rápido a información básica sobre la situación de salud de los países de la Región.

2. Recomendar a los Estados Miembros:

a) que utilicen un conjunto básico de información en salud para orientar la formulación, el ajuste y la evaluación de políticas y programas sanitarios, así como sustentar la reorientación de los servicios de salud y el fortalecimiento de los sistemas de vigilancia en salud pública;

b)  que renueven su compromiso con la recopilación oportuna de datos sobre la situación de salud y bienestar, asegurando su validez y la cobertura de todos los grupos humanos, desglosando la información por niveles geográficos, sexo y grupos poblacionales de interés para la salud y el desarrollo humano nacional;

c)  que utilicen los datos básicos en salud como fuente principal para la medición cuantitativa y la comparación de prácticas en cuanto al logro de metas de situación de salud fijadas por mandatos nacionales e internacionales.

3. Pedir al Director:

a)  que siga apoyando el desarrollo de la iniciativa de datos básicos en salud como elemento fundamental del mandato de la OPS consistente en facilitar a los Estados Miembros información sanitaria regional de la más lta calidad y relevancia;

b)  que establezca mecanismos de coordinación con otros organismos y agencias internacionales que solicitan esta información, con el fin de lograr la máxima coherencia de los datos presentados por las mismas.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R11  Estrategias de salud para todos

EL 40.o CONSEJO Directivo,

Habiendo examinado el documento CD40/24, que constituye el capítulo correspondiente a la Región de las Américas del documento titulado Tercera evaluación de la aplicación de la estrategia de salud para todos en el año 2000;

Reconociendo que el capítulo correspondiente a la Región de las Américas ha sido preparado en conformidad con las disposiciones de la resolución WHA39.7 de la 39.a Asamblea Mundial de la Salud;

Enterado de las dificultades que afrontan los países para aplicar y utilizar este instrumento orientador;

Considerando que, al aproximarse el nuevo milenio, los Estados Miembros deben renovar su compromiso con la meta de salud para todos y sus estrategias de salud, y

Teniendo en cuenta que el informe sobre esta Región será presentado al Consejo Ejecutivo de la OMS a fin de que sea sometido a la consideración de la Asamblea Mundial de la Salud, junto con los informes sobre las demás regiones de la OMS,

RESUELVE:

1. Recomendar a los Estados Miembros:

a) que den prioridad a la adopción de políticas, dentro del marco de la equidad, la solidaridad y la sostenibilidad, dirigidas a resolver sus problemas de salud y mejorar la calidad de vida de su población;

b) que tomen medidas apropiadas para fortalecer el proceso de renovación del compromiso con la meta de salud para todos y sus estrategias de salud;

c) que fortalezcan los sistemas de información, análisis y evaluación del sector salud, a fin de mejorar la planificación y ejecución de programas.

2. Solicitar al Director:

a) que transmita el informe al Director General de la OMS, junto con los comentarios emitidos por el Comité Regional de las Américas;

b) que continúe cooperando con los Estados Miembros, asistiéndoles, cuando sea necesario, en la renovación y aplicación de las estrategias, en la realización de los procesos de vigilancia y evaluación, y en la preparación de los informes que se requieran en el futuro.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R12   El Consejo Directivo,

 Visto el documento sobre la rectoría de los ministerios de salud en los procesos de reforma sectorial;

 Tomados en consideración los planteamientos manifestados por los Estados Miembros en el foro de discusiones técnicas celebrado para debatir el tema;

 Reconociendo que existe en la Región, en los procesos de reforma sectorial, una redefinición de los papeles institucionales en el sector salud, sobre todo de los ministerios de salud, a fin de garantizar el ejercicio de su función rectora de la salud;

 Tomando en cuenta la tendencia a la separación de funciones de financiamiento, aseguramiento y provisión de servicios que demanda una profundización de la capacidad de conducción, regulación y evaluación, junto al desarrollo de las funciones esenciales de salud pública propias de la autoridad sanitaria, y

 Reconociendo que la OPS ha venido cooperando con los países en la formulación y desarrollo de sus procesos de reforma sectorial en respuesta a los mandatos de la Cumbre Hemisférica de Miami y a las resoluciones de los Cuerpos Directivos,

RESUELVE:

1. Hacer suyo el documento CD40/13 que describe la evolución de la función rectora de los ministerios de salud en el marco de los procesos de reforma y propone áreas de concentración en la cooperación de la OPS dirigida a fortalecer y desarrollar las capacidades para ejercer dicha función como uno de los ejes fundamentales para el desarrollo institucional del sector

2. Instar a los Estados Miembros:

a)  a que fortalezcan la capacidad rectora de los ministerios de salud y su liderazgo intersectorial para alcanzar los objetivos nacionales en salud que se hayan trazado;

b) a que perfeccionen el papel regulador de la autoridad de salud y su capacidad institucional para desempeñar las funciones esenciales de salud pública que sean responsabilidad del Estado;

c) a que desarrollen los mecanismos que permitan ejercer una vigilancia, supervisión, concertación y adopción de acciones correctivas en materia de financiamiento, aseguramiento y provisión de servicios por parte de los distintos sectores públicos y privados que participan en el sector;

d) a que favorezcan el desarrollo de nuevas capacidades institucionales y de liderazgo, y el desarrollo de los marcos legales que les den fundamento, acometiendo la reorganización estructural y funcional de los ministerios de salud que les permita ejercer en plenitud la función rectora sectorial.

3. Solicitar al Director:

a) que otorgue alta prioridad, dentro de los esfuerzos de la OPS encaminados al desarrollo de los sistemas y servicios de salud y a los procesos de reforma sectorial de los Estados Miembros, a las acciones de cooperación tendientes a consolidar el ejercicio de la función rectora sectorial y el fortalecimiento institucional de los ministerios de salud para cumplir con ese propósito;

b) que promueva el intercambio de experiencias nacionales de ejercicio de la capacidad rectora de los ministerios de salud y del desarrollo institucional para ese propósito;

c) que establezca y apoye un proceso permanente de discusión y producción conceptual y de reflexión sobre la práctica de la función rectora de los ministerios de salud.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R13   El Consejo Directivo,

 Teniendo en cuenta las graves consecuencias que para la salud y la economía provocó el fenómeno de "El Niño" en 1982 y 1983 en casi todos los países de la Región;

 Preocupado por el hecho de que la nueva manifestación del fenómeno de "El Niño" puede ser aun más grave que la mencionada anteriormente;

  Consciente de que las manifestaciones desastrosas de este fenómeno afectan a varios países simultáneamente, sin distinción de fronteras, y

 Recordando las resoluciones CD24.R10, CD26.R36, CD27.R40 y CD32.R10 del Consejo Directivo, donde se confiere a la OPS el mandato de desarrollar la cooperación técnica en preparativos de salud para casos de desastre, capacitación de personal y evaluación de necesidades en casos de emergencia, así como se pide a los Estados Miembros que designen personal y asignen presupuesto para atender los desastres en el campo de la salud,

RESUELVE:

1. Instar a los países afectados por el fenómeno de "El Niño" que aún no lo hubieren hecho a actualizar sus planes de contingencia para responder adecuadamente a los problemas de salud que se presenten como consecuencia de este fenómeno.

2.  Pedir a los Estados Miembros:

a) que tomen las medidas necesarias para una coordinación efectiva entre sectores y una cooperación mutua entre países en el espíritu de la integración regional;

b) que refuercen e integren los sistemas de alerta y de vigilancia epidemiológica y de control de enfermedades transmisibles, en particular las transmitidas por vectores y el agua, diseminando esta información de manera abierta y fluida, aprovechando el Internet y otros medios modernos de comunicación.

3.  Pedir al Director:

a) que continue la cooperación técnica con los Estados Miembros en la preparación para enfrentar cualquier emergencia o desastre provocado por el fenómeno de "El Niño", coordinando acciones con instituciones subregionales en el sector salud, como el Convenio Hipólito Unanue y otras instituciones de nivel multisectorial;

b) que las prioridades de esta cooperación técnica estén centradas en el análisis de los riesgos epidemiológicos, la preparación coordinada de planes de contingencia, la integración de la respuesta entre los países, el intercambio de información para la toma de decisiones e información pública, así como la capacitación del personal sanitario tanto de atención médica como de salud pública.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R14  El Consejo Directivo,

Teniendo en cuenta la situación que genera la infección humana por los Hantavirus y las actividades ya ejecutadas por la OPS en esta materia desde 1994, así como la preocupación expresada por los ministros de salud en esta reunión;

Considerando el aumento en el número de casos observados y su dispersión geográfica en varios países de la Región;

Reconociendo las repercusiones sociales, económicas y de salud pública de estas infecciones, y

Reconociendo la necesidad de emprender actividades destinadas a prevenir estas infecciones y a mejorar los conocimientos sobre el tema,

RESUELVE:

1. Exhortar a los Estados Miembros:

a) a que intensifiquen las medidas de vigilancia para la detección del síndrome pulmonar producido por los Hantavirus;

b) a que fortalezcan la capacidad para establecer acuerdos y mecanismos de colaboración entre los países para desarrollar la red de laboratorios destinados al diagnóstico de esta patología;

c) a que promuevan la investigación multidisciplinaria e intersectorial sobre la ecología de la infección con el objeto de definir medidas de prevención adecuadas a las realidades epidemiológicas;

d) a que estimulen, por medio de la información, la educación y la comunicación a todos lo s niveles de la comunidad, la adopción de buenas prácticas de saneamiento ambiental.

2. Pedir al Director:

a) que establezca, a corto plazo, un grupo de trabajo que defina recomendaciones relativas a la infección/enfermedad por los Hantavirus en materia de vigilancia épidemiológica, diagnóstico, tratamiento y prevención;

b) que promueva y apoye la cooperación horizontal entre los países interesados;

c) que prepare un informe sobre avances en esta materia para ser presentado a la 25.a Conferencia Sanitaria Panamericana en 1998.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R15  El Consejo Directivo,

Habiendo examinado el informe sobre el dengue, el dengue hemorrágico y la fiebre amarilla (documento CD40/19);

Considerando el marcado aumento de la magnitud del problema del dengue y el dengue hemorrágico en la Región de las Américas, así como el grave riesgo de epidemia de fiebre amarilla;

Reconociendo las repercusiones de salud pública, sociales y económicas que tienen estas enfermedades en el continente americano, y

Reconociendo la necesidad de ejecutar programas sostenibles y eficaces en función de los costos,

RESUELVE:

1. Exhortar a los Estados Miembros:

a) a que aprueben el Plan Continental para combatir a Aedes aegypti elaborado por el Grupo de Trabajo durante su reunión celebrada en Caracas, Venezuela, en abril de 1997, y a que adapten el plan a las condiciones predominantes en cada país, teniendo en cuenta la publicación Dengue y dengue hemorrágico en las Américas: Guías para su prevención y control (1994);

b) a que determinen los recursos humanos y financieros necesarios para la ejecución del plan, a la vez que se reconoce la importancia de movilizar y facultar a las comunidades para crear entornos limpios y sin riesgos;

c) a que incluyan la vacuna contra la fiebre amarilla en sus programas nacionales de inmunización en todas las áreas expuestas al peligro de transmisión de esta enfermedad.

2. Pedir al Director:

a) que colabore con los Estados Miembros en la ejecución del Plan Continental y estrategias afines, en la medida en que lo permitan los recursos;

b) que promueva mecanismos de comunicación y colaboración entre los Estados Miembros para optimizar la ejecución del Plan;

c) que coopere con los Estados Miembros en la obtención de recursos financieros externos destinados a apoyar las actividades nacionales de ejecución del Plan.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R16   El Consejo Directivo,

 Habiendo examinado el informe del Director sobre la salud y desarrollo de los adolescentes en las Américas y el Plan de Acción para el fortalecimiento y el desarrollo de los planes y programas en esta esfera (documento CD40/21);

 Considerando las decisiones sobre el tema adoptadas por la Cumbre Mundial en favor de la Infancia y las resoluciones de la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud aprobadas en la 42.a Asamblea Mundial (WHA42.41)1 y en las 35.a y 36.a Consejos Directivos (CD35.R16 y CD36.R18), respectivamente;

 Reconociendo la importancia que el desarrollo y la salud de los adolescentes tiene para el futuro económico y social de los países de la Región;

 Reconociendo que la situación de salud de los adolescentes tiene consecuencias en los adolescentes hoy, en su vida adulta y en las próximas generaciones;

 Valorando la participación de los jóvenes y su contribución al progreso social, económico y político de las Américas, y

 Considerando el apoyo que la OPS ha prestado al desarrollo de los planes y programas y la cooperación de instituciones internacionales, especialmente la Fundación W. K. Kellogg y el Fondo de Población de las Naciones Unidas (FNUAP),

Resuelve:

1. Aprobar el marco conceptual y el Plan de Acción 1998-2001 sobre la salud y desarrollo del adolescente en las Américas presentado en el documento CD40/21.

2. Instar a los Estados Miembros:

a)  a que aboguen para incluir el tema de adolescencia y juventud en la agenda política y pública;

b)  a que mejoren la capacidad de los países para satisfacer las necesidades de los adolescentes mediante la formulación de políticas públicas para los jóvenes y la formación de recursos humanos;

c)  a que fortalezcan el trabajo en redes y las acciones intersectoriales incorporando a las universidades, organizaciones no gubernamentales y medios de comunicación;

d)  a que incorporen la participación juvenil en los planes y programas, impulsando la participación activa de los adolescentes en la promoción de su propia salud y la salud de las comunidades.

3. Recomendar al Director:

a)  que apoye el desarrollo y difusión del marco conceptual del Programa de Salud del Adolescente;

b)  que colabore en el desarrollo de recursos humanos para atender las múltiples necesidades en materia de salud;

que refuerce y active las redes nacionales, regionales e internacionales que trabajan en favor de los adolescentes; que promueva la investigación operativa sobre el tema.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R17  El Consejo Directivo,

 Considerando la conveniencia de que los Reglamentos Internos de los Cuerpos Directivos de la OPS concuerden con lo que se hace en la práctica, y de que haya congruencia entre los artículos de cada Reglamento que son similares;

 Enterado de que las modificaciones propuestas a los Reglamentos Internos del Consejo Directivo y de la Conferencia Sanitaria Panamericana fueron examinados a fondo por el Comité Ejecutivo y por el Grupo de Trabajo establecido para tal fin;

 Considerando que el Comité Ejecutivo, mediante la resolución CE120.R17 de su 120ª sesión celebrada el pasado mes de junio, aprobó las modificaciones de su Reglamento Interno y recomendó que el Consejo Directivo aprobara las modificaciones del suyo, y

 Teniendo presente lo dispuesto en el Artículo 62 del Reglamento Interno del Consejo Directivo que está en vigencia,

Resuelve:

1.  Agradecer al Grupo de Trabajo y al Comité Ejecutivo el examen tan completo que hicieron de los Reglamentos Internos de los tres Cuerpos Directivos de la Organización Panamericana de la Salud.

2.  Aprobar las modificaciones del Reglamento Interno del Consejo Directivo, tal como aparecen en el anexo B del documento CD40/9.

3.  Recomendar que la Conferencia Sanitaria Panamericana apruebe las modificaciones de su Reglamento Interno, tal como aparecen en el anexo C del documento CD40/9.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R18  El Consejo Directivo,

 Considerando la revisión efectuada en la escala de sueldos básicos/mínimos para los titulares de puestos de las categorías profesional y superior, con efecto desde el 1 de enero de 1997;

 Teniendo en cuenta la decisión del Comité Ejecutivo, en su 120.a sesión, de reajustar los sueldos del Director Adjunto y del Subdirector (Resolución CE120.R14);

 Tomando nota de la recomendación del Comité Ejecutivo acerca del sueldo del Director de la Oficina Sanitaria Panamericana (Resolución CE120.R14), y

 Consciente de las disposiciones del Artículo 330.3 del Reglamento del Personal,

Resuelve:

 Fijar el sueldo neto anual del Director de la Oficina Sanitaria Panamericana en $99.059 (con familiares a cargo) o en $89.069 (sin familiares a cargo), con efecto a partir del 1 de enero de 1997.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R19   El Consejo Directivo,

 Visto el informe sobre salud mental (documento CD40/15);

 Teniendo en cuenta que las necesidades de las poblaciones en materia de atención de salud mental son de magnitud creciente, resultado de los cambios demográficos y sociales que está experimentando la Región de las Américas, así como por la extensión del campo de competencia de la salud mental;

 Consciente de la existencia de tecnologías que hacen posible controlar los trastornos psiquiátricos, y Considerando que las acciones de promoción de la salud mental y del desarrollo psicosocial de la niñez complementan las fomentadas por la Cumbre Mundial en favor de la Infancia,

Resuelve:

1. Instar a los Estados Miembros:

a)  a que formulen y desarrollen programas nacionales de salud mental como un componente integral de los planes nacionales de salud y dentro del marco de la reforma del sector salud;

b)  a que intensifiquen el apoyo a los esfuerzos tendientes a reorientar los servicios de salud mental con miras a modificar su enfoque, para que de institucional pase a ser comunitario, de acuerdo con la iniciativa para la reestructuración de la atención psiquiátrica detallada en el documento CD40/15;

c)  a que promuevan y apoyen activamente la inclusión de servicios de salud mental en todo seguro o plan prepagado de salud y en todo programa de servicios de atención a la salud;

d)  a que desarrollen programas de control de los trastornos afectivos, las epilepsias y las psicosis;

e)  a que fortalezcan o pongan en marcha acciones de promoción de la salud mental y el desarrollo psicosocial de la niñez, con especial énfasis en la temprana edad;

f)  a que apoyen la capacitación de los niveles gerenciales de los programas de salud mental en el marco de las escuelas de salud pública;

g)  a que se esfuercen en mejorar la legislación que protege los derechos humanos de las personas con discapacidad mental;

h)  a que declaren el día 10 de octubre como el Día Mundial y Día Panamericano de la Salud Mental;

i)  a que aumenten las asignaciones para los programas de formación en salud mental.

2. Pedir al Director:

a)  que continúe la cooperación técnica con los países y que la intensifique en la medida que los recursos financieros lo permitan;

b)  que continúe apoyando la inclusión de temas de salud mental en todos los foros y acciones de salud, y en los vínculos de colaboración con otras agencias del sistema interamericano;

c)  que exprese el reconocimiento de la OPS a la colaboración que generosamente prestan regiones y comunidades europeas, así como a los centros colaboradores de la OMS en la Región;

d)  que apoye los programas de desarrollo de líderes especializados en salud mental.

Septiembre 1997 DO 285

 

 

CD40.R20  El Consejo Directivo,

 Habiendo examinado el informe del Director (documento CD40/22) acerca de los progresos logrados por el Programa Especial de Vacunas e Inmunización y la iniciativa regional para la eliminación del sarampión en las Américas para el año 2000;

 Reconociendo el compromiso sostenido de los Estados Miembros para asignar una alta prioridad a los programas de inmunización y sus esfuerzos por incorporar nuevas vacunas en el programa nacional de vacunación;

 Observando con satisfacción que los Estados Miembros que han adoptado la estrategia de tres pasos recomendada por la OPS contra el sarampión están protegiendo eficazmente a los niños de 1 a 15 años de edad, pero expresando preocupación de que, a pesar de esos avances, el virus todavía está circulando en algunas partes de la Región y está afectando a poblaciones susceptibles;

 Preocupada por la disminución de la atención a los cuatro indicadores de vigilancia de la parálisis fláccida aguda (PFA), que se utilizan para detectar la posible circulación del poliovirus;

 Reconociendo que la eficacia de las estrategias de inmunización depende de la utilización de vacunas de calidad garantizada, y

 Reconociendo los enormes adelantos logrados en la investigación y desarrollo de vacunas en todo el mundo que culminarán en importantes nuevas vacunas,

RESUELVE:

1.  Instar a los Estados Miembros:

a) a que asignen los recursos humanos y financieros necesarios para apoyar los programas usuales de vacunación en la Región;

b) a que mantengan a la Región de las Américas libre de la poliomielitis, mediante la vigilancia apropiada de la parálisis fláccida aguda;

c) a que consideren los cambios ocurridos en la epidemiología del sarampión y, en consecuencia, modifiquen sus actuales estrategias de vacunación contra el sarampión, velen por que todas las poblaciones susceptibles estén protegidas, y a que determinen la necesidad de una campaña de seguimiento destinada a todos los niños de 1 a 4 años de edad, que incluya la adecuada coordinación internacional;

d) a que coordinen la movilización de recursos de los sectores público y privado, incluidas las organizaciones no gubernamentales (ONG), en apoyo de los programas generales de vacunación, por conducto de comités interinstitucionales de coordinación;

e) a que fortalezcan el sistema de control de calidad de las vacunas a nivel nacional y regional, por medio del apoyo constante de la Red Regional de Laboratorios de Control de Calidad y las autoridades nacionales de control;

f)  a que organicen grupos nacionales asesores en vacunas e inmunización para fortalecer y coordinar actividades en todas las instituciones y laboratorios que participen en la investigación, desarrollo, producción y control de calidad de las vacunas;

g) a que fortalezcan la vigilancia previendo la introducción de nuevas vacunas (tales como los productos contra Haemophilus influenzae tipo b (Hib), contra hepatitis B y contra sarampión, parotiditis y rubéola (MMR)), para determinar con precisión la carga de morbilidad y formular estrategias de vacunación apropiadas;

h) a que proporcionen recursos y participen activamente en la investigación y desarrollo de vacunas, con miras a faciliar la disponibilidad de nuevas vacunas de importancia regional.

2.  Pedir al Director:

a) que prosiga sus esfuerzos por allegar fondos para la ejecución del Plan de Acción para la Eliminación del Sarampión en las Américas para el año 2000;

b) coordine las actividades relativas a la investigación, desarrollo, producción y control de calidad de las vacunas en la Región;

c) fomente las acciones de la Organización y los países que tiendan a hacer accesibles a sus pueblos vacunas de la mejor calidad al menor costo posible.

Septiembre 1997 DO 285