CONSULTA

| 15 Nov 2017 |

Autor: María de los Angeles Sánchez Chinchilla

Institución: Caja Costarricense de Seguro Social

Cargo / Puesto: Profesional 1, Registros y Estadísticas en Salud

País: Costa Rica

Buenas tardes, un cordial saludo:

Con la implementación del Expediente Digital Único en Salud en la Caja Costarricense de seguro Social, existe un requerimiento para registrar un lista de Procedimientos por parte del profesional en salud, la cual tratamos de asignar un código con la Clasificación de Procedimientos CIE-9-MC, versión 2009.

Dentro de las necesidades institucionales se requieren registrar procedimientos que parecen más actividades que procedimientos, como por ejemplo:

COLOCAR VIA CENTRAL

COLOCAR VIA PERIFERICA

De manera que nos interesa conocer si existe definiciones internacionales de lo que se entiende por procedimiento, actividad de enfermería, procedimientos que realiza el personal técnico en urología u ortopedia por ejemplo, procedimiento invasivo y no invasivo; esto para poder clasificar lo que se realiza en los establecimientos de salud.

RESPUESTA DEFINITIVA GRUPO COLEGIADO

21 Nov 2017

Para responder a esta pregunta, es importante señalar que el registro tanto de diagnósticos como de procedimientos médicos, compete al médico y no al personal de estadística. El equipo médico, de acuerdo a su formación clínica es quien debe definir las diferentes actividades que se realizan en las unidades hospitalarias, sean estas de primer, segundo o tercer nivel de atención-

El personal de estadística, se encargará de codificar (con la clasificación que corresponda: CIE-10 (diagnósticos), o CIE-9MC (procedimientos quirúrgicos, diagnósticos o terapeúticos).

Sin embargo, de acuerdo a su solicitud, alguna de las definiciones que requiere son:

Procedimiento médico: son prestaciones de salud (atenciones unitarias o en grupo) que se otorgan a un paciente para efectos diagnósticos, terapéuticos o quirúrgicos, implican el uso de equipamiento, instrumental, instalaciones y profesionales especializados, dependiendo de la complejidad del procedimiento y de las condiciones clínicas del paciente. Son indicados por un médico cirujano o un profesional de la salud autorizado y se pueden realizar tanto de manera ambulatoria como a través de la hospitalización del paciente.

Actividad de enfermería: La OMS, define la actividad de enfermería como todo aquello que abarca la atención autónoma y en colaboración dispensada a personas de todas las edades, familias, grupos y comunidades, enfermos o no, y en todas circunstancias. Comprende la promoción de la salud, la prevención de enfermedades y la atención dispensada a enfermos, discapacitados y personas en situación terminal1.

Procedimiento invasivo: es aquel en el cual el cuerpo es "invadido" o penetrado con una aguja, una sonda, un dispositivo o un endoscopio.

Procedimiento no invasivo: es aquel que no involucra instrumentos que rompen la piel o que penetran físicamente en el cuerpo, algunos ejemplos son: las radiografías, un examen oftalmológico estándar, una tomografía computarizada, una resonancia magnética, un monitor Holter, un ECG2.

Amanda Navarro, Moderadora, Grupo Colegiado.

1Organización Mundial de la Salud (OMS).

2Fuente: Medline Plus – Biblioteca Nacional de Medicina de EE.UU.

Actividades Desigualdades

Reuniones y Talleres Desigualdades

Documentos Desigualdades en Salud