CONSULTA
| 9 Ene 2018 |
Autor: Estefana Cuevas
Institución: Ministerio de Salud
Cargo / Puesto: nstructora CIE - Jefa Sección Codificación
País: Paraguay
Buen día:
Las siguientes consultas tienen en común el diagnóstico de tabaquismo, que los profesionales médicos están registrando con más frecuencia.
Mis conclusiones son las siguientes:
Caso1.
Masculino, 80 años
I a) neumonia J18.9
b) Enfermedad pulmonar obstructiva crónica J44.9
c) ExTabaquista F17.2
d) ------
II. ______
Procedimiento: PG: si, CS= F17.2; R3: No; RA-RD: no, CAO: F17.2
CB: F17.2
Caso 2.
Masculino. 64 años
I a) insuficiencia respiratoria aguda J96.0
b) Enfermedad pulmonar obstructiva crónica J44.9
c) _____
d) _____
II. Extabaquista F17.2
Procedimiento: PG: si, CS: J44.9; R3: si, la EPOC es una consecuencia presumida del tabaquismo, con lo que la CAO: F17.2
RA-RD: no; CB: F17.2
Caso 3.
Masculino, 88 años
I a) Probable infarto agudo del miocardio I21.9
b) Extabaquista F17.2
c) ___
d) ___
II. ____
Procedimiento:
PG: si, CS: F17.2; R3: no, CAO: F17.2
RA-RD: no
CB: F17.2
Espero sus opiniones y correcciones. Gracias
Saludos cordiales, Estefana.
RESPUESTA DEFINITIVA GRUPO COLEGIADO
15 Ene 2018
Estimada Estefana en relación a esta consulta:
En el primer caso la causa básica sería: J44.0, el procedimiento es como sigue:
Caso1.
Masculino, 80 años
I a) neumonía J18.9
b) Enfermedad pulmonar obstructiva crónica J44.9
c) ExTabaquista F17.2
d) ------
II. ______
Procedimiento:
PG: sí aplica, no hay nada que lo restrinja en las Secuencias aceptadas y rechazadas para la selección de la causa básica de muerte.
CS: F17.2
R3: No hay elementos
CAO: F17.2
RA: No aplica (F17.2 no es una afección mal definida)
RB: No aplica (F17.2 no es una afección de afecciones triviales o poco probable de causar la muerte)
RC: Sí aplica (J44.9). Ver la Nota 4.1.11 del Vol. 2 de la CIE-10:
“4.1.11 Notas para usar en la codificación de la causa básica de la defunción
………
…….
F17.– Trastornos mentales y del comportamiento debidos al uso de tabaco No se debe utilizar si se menciona la afección física resultante.
Por Regla C: J44.9 (De acuerdo a la Nota 4.1.11; la Enfermedad pulmonar obstructiva crónica, es la afección física resultante).
Revisando nuevamente la Nota 4.1.11, podemos asociar la Enfermedad pulmonar obstructiva crónica con neumonía:
J44.8– Otras enfermedades pulmonares obstructivas crónicas y las no especificadas
J44.9
con mención de:
J12-J18 (Neumonía), codifique en J44.0
O bien:
Consultando el Índice Alfabético, a través de una categoría combinada:
Enfermedad (de)—continuación – próstata N42.9
– pulmón, pulmonar J98.4
– – obstructiva (crónica) J44.9
– – – con
– – – – infección aguda de las vías respiratorias inferiores (excepto influenza) J44.0
RD: No aplica
CB: J44.0
En el segundo caso la causa básica sería: J44.9, el procedimiento es como sigue:
Caso 2.
Masculino. 64 años
I a) insuficiencia respiratoria aguda J96.0
b) Enfermedad pulmonar obstructiva crónica J44.9
c) _____
d) _____
II. Extabaquista F17.2
Procedimiento:
PG: sí aplica, no hay nada que lo restrinja en las Secuencias aceptadas y rechazadas para la selección de la causa básica de muerte.
CS: J44.9
R3: F17.2
CAO: F17.2
RA: No aplica (F17.2 no es una afección mal definida)
RB: No aplica (F17.2 no es una afección de afecciones triviales o poco probable de causar la muerte)
RC: Sí aplica (J44.9). Ver la Nota 4.1.11 del Vol. 2 de la CIE-10:
“4.1.11 Notas para usar en la codificación de la causa básica de la defunción
………
……….
F17.– Trastornos mentales y del comportamiento debidos al uso de tabaco No se debe utilizar si se menciona la afección física resultante.
Por Regla C: J44.9 (De acuerdo a la Nota 4.1.11; la Enfermedad pulmonar obstructiva crónica, es la afección física resultante).
RD: No aplica
CB: J44.9
En el tercer caso la causa básica sería: I21.9, el procedimiento es como sigue:
Caso 3.
Masculino, 88 años
I a) Probable infarto agudo del miocardio I21.9
b) Extabaquista F17.2
c) ___
d) ___
II. ____
Procedimiento:
PG: sí aplica, no hay nada que lo restrinja en las Secuencias aceptadas y rechazadas para la selección de la causa básica de muerte.
CS: F17.2
R3: No hay elementos
CAO: F17.2
RA: No aplica (F17.2 no es una afección mal definida)
RB: No aplica (F17.2 no es una afección de afecciones triviales o poco probable de causar la muerte)
RC: Sí aplica (I21.9). Ver la Nota 4.1.11 del Vol. 2 de la CIE-10:
“4.1.11 Notas para usar en la codificación de la causa básica de la defunción
………
……….
F17.– Trastornos mentales y del comportamiento debidos al uso de tabaco No se debe utilizar si se menciona la afección física resultante.
Por Regla C: I21.9 (De acuerdo a la Nota 4.1.11; el Infarto agudo del miocardio, es la afección física resultante).
RD: No aplica
CB: I21.9
Cabe señalar en este último caso que:
El tabaquismo es uno de los factores de riesgo más importantes para las enfermedades cardiovasculares, entre ellas y muy frecuente: el infarto de miocardio
Saludos cordiales.
Amanda Navarro, Adriana Orellano, Moderadoras, Grupo Colegiado.