Foro Iberoamericano de discusiones sobre la Familia de Clasificaciones Internacionales de la OMS (FCI-OMS)  “Dr. Roberto A. Becker”

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CONSULTA 

| 7 Mar 2018 | 

Autor: Ana Laura Pogonza

Institución: Ministerio de salud - Dpto bioestadistica-nivel central

Cargo / Puesto: Lic. en enfermería-codificadora de mortalidad / Codificadora, mortalidad, responsable área defunciones

País: Argentina

Envío consulta por dudas al respecto de la definición de defunción materna.

Si bien la misma es la que figura en el volumen 2 de la cie-10 y por la cual nos regimos en la provincia,

En nuestro programa propio de carga desde que se agregó el campo de muerte materna en el certificado de defunción, en el sistema informático se agregó en esa oportunidad los campos de carga con la leyenda : defunción materna: que se graba según 3 opciones, 1: si, 2: no, 3: se ignora, después viene el campo si estuvo embarazada en los últimos 12 meses, si, no, se ignora, y luego la fecha de terminación del embarazo en caso de que el ítems si estuvo embarazada, sea sí.

El tema es el siguiente, en caso de que la mujer fallecida en edad fértil, haya estado embarazada pero esa causa de defunción no está relacionada con el embarazo porque fue causa externa, o sucedió pasado los 42 días del puerperio...¿se considera una defunción materna, más allá del código cie-10 que se coloque?

La pregunta viene porque si bien por ej: la mujer estaba embarazada y fallece por una causa incidental o después de los 42 días, el campo de defunción materna debería cargarse con la opción si , o no? ( aclaro que el campo defunción materna con sus tres opciones no figura en nuestro certificado de defunción, pero si figura en los campos a grabar en el sistema de carga)

El tema lo trae a discutir nuestra dirección de informática y el dpto. de maternidad e infancia, que son quienes nos piden no denominar o grabar defunción materna si, a todas las mujeres que han estado embarazadas en el último año antes de morir a pesar de la causa de defunción. Envío a ustedes la consulta a fin de que puedan guiarme en esta situación. (pensando en sacar ese campo en el sistema para evitar confusiones)

Cabe aclarar que a la tasa al construirla se saca manualmente y no entran en ella como lo dice la definición, las muertes tardías o por causas externas.

Espero su respuesta y espero puedan ayudarme

Atte

RESPUESTA DEFINITIVA GRUPO COLEGIADO

8 May 2018

Estimada Ana Laura, para el caso de muertes maternas, el Manual de Instrucciones (Vol. 2) de la CIE-10, contempla las definiciones siguientes:

Defuncio?n materna: “La defuncio?n materna se define como la muerte de una mujer mientras esta? embarazada o dentro de los 42 di?as siguientes a la terminacio?n del embarazo, independientemente de la duracio?n y el sitio del embarazo, debida a cualquier relacionada con o agravada por el embarazo mismo o su atencio?n, pero no por causas accidentales o incidentales”.

Defuncio?n materna tardi?a: “Una defuncio?n materna tardi?a es la muerte de una mujer por causas obste?tricas directas o indirectas despue?s de los 42 di?as pero antes de un an?o de la terminacio?n del embarazo”.

Defuncio?n relacionada con el embarazo (CIE-10, Ed. 2008): “Una defuncio?n relacionada con el embarazo es la muerte de una mujer mientras esta? embarazada o dentro de los 42 di?as siguientes a la terminacio?n del embarazo, independientemente de la causa de la defuncio?n”.

Defunción que ocurre durante el embarazo, el parto o el puerperio (CIE-10, Ed. 2015): “Una defunción que ocurre durante el embarazo, el parto o el puerperio, es la muerte de una mujer mientras está embarazada o dentro de los 42 días siguientes a la terminación del embarazo, independientemente de la causa de la defunción (obstétrica y no obstétrica”).

Respecto a estas dos últimas definiciones; podemos observar que de una edición a otra de la CIE-10,  (2008 vs 2015), lo único que cambia es el nombre, y sólo se agrega en la Ed. 2015 los términos: “obstétrica y no obstétrica”, pero el contenido es básicamente el mismo. Con base en ello; consideramos, que causa confusión la forma como está diseñada la captura de la información en el sistema informático que usted nos menciona en esta consulta; particularmente, en lo relacionado con la etiqueta o nombre de las variables. Una de las soluciones es que se cambien las leyendas, de acuerdo a las definiciones mencionadas anteriomente; es decir,

Dice: Defunción materna

Se propone: Defuncio?n relacionada con el embarazo (si es que están usando la CIE-10, Ed. 2008); o bien:

Defunción que ocurre durante el embarazo, el parto o el puerperio (si están usando la CIE-10, Ed. 2015)

1 (Sí), 2 (No), 3 (Se ignora)

Estuvo embarazada en los últimos 12 meses: 1 (Sí), 2 (No), 3 (Se ignora)

Fecha de terminación del embarazo (en caso de que el ítems Sí estuvo embarazada, sea afirmativo).

De esta manera no habrá problema en capturar todas las defunciones de mujeres en edad fértil que hayan estado embarazadas, independientemente de la causa de la defunción, aún cuando la muerte haya ocurrido por una causa externa;  o bien, que haya  sucedido posterior a los 42 días del puerperio.

Por otro lado, es importante mencionar que el cálculo de la Razón de Mortalidad Materna, se debe ajustar a la definición de defunción materna, quedando fuera de este indicador, las defunciones que ocurren después de 42 días siguientes a la terminación del embarazo; es decir, las muertes maternas debidas a cualquier causa obstétrica que ocurren después de 42 días pero antes de un año del parto (O96), y las muertes por secuelas de causas obstétricas (O97, aquellas que ocurren un año o más después del parto); así como aquellas que son consecuencia de causas accidentales (excepto cuando se trate de un procedimiento médico que tenga relación con el evento obstétrico (la CIE-10, contempla para ello algunos códigos: O74.-, O75.4), o incidentales. La denominación “incidental” es muy amplia y hasta ahora la OMS no ha dado respuesta a una definición que permita acotar lo que se puede ahí incluir,

Observaciones:

Es importante aclarar este punto con las áreas involucradas en este caso: la Dirección de Informática y el Departamento  de Maternidad e Infancia, señalando (si mantienen la variable en el sistema informático), que se modificará la leyenda o título de la variable: “Defunción materna”, por: Defunción relacionada con el embarazo (CIE-10, Ed. 2008); o por: Defunción que ocurre durante el embarazo, el parto o el puerperio (CIE-10, Ed. 2015); para que se capturen todas las defunciones ocurridas en mujeres embarazadas en edad fértil, independientemente del tiempo y la causa de la muerte; con el fin de que se investiguen, ya que esta información es muy útil para clasificar las muertes maternas y realizar la búsqueda intencionada de las mismas.

Es indispensable reforzar los sistemas de salud para recopilar datos de alta calidad a fin de que respondan a las necesidades y prioridades de las mujeres y que garanticen la rendición de cuentas con el fin de mejorar la calidad de la atención y la equidad.

Cómo usted señala, el cálculo de la Razón de Mortalidad Materna (RMM), es un proceso que debe realizarse de manera minuciosa, una vez que se han investigado y documentado cada una de las defunciones, y que se ajustan a la definición de Defuncio?n materna.

Saludos cordiales

Amanda Navarro, Adriana Orellano, Moderadoras, Grupo Colegiado. 

Respuestas Grupo Colegiado

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