Foro Iberoamericano de discusiones sobre la Familia de Clasificaciones Internacionales de la OMS (FCI-OMS)  “Dr. Roberto A. Becker”

RESPUESTAS GRUPO COLEGIADO | FORMULAR CONSULTA | METODOLOGÍA | OBJETIVOS Y ANTECEDENTES

CONSULTA 

| 28 Mar 2018 | 

Autor: Daily Piedra Suárez

Institución: Ministerio de Salud

Cargo / Puesto: Estadístico de Salud

País: Chile

Estimados esta Consulta la realiza un Establecimiento, a raíz de la problemática de acoso escolar existente que va en aumento:

Es factible consignar dos Causas Externas en el caso de un paciente de 13 años con contusión testicular (S30. 2) que fue golpeado en el colegio con un elemento contundente por un compañero (W20.2.8), pero se agrega ser un caso de Bullying sugiriendo para esto agregar el código Y07.2. 8. (Otros maltratos, por conocidos o amigo, mientras está ocupado en otras actividades especificadas). Se propone a modo de identificar la frecuencia diaria de estos casos ya sea por contusiones e ingesta medicamentosa.

Quedando atenta a sus comentarios .

RESPUESTA DEFINITIVA GRUPO COLEGIADO

30 Abr 2018

De acuerdo a la definición; el Bullying, es el acoso físico o psicológico al que someten, de forma continuada, a un alumno sus compañeros.

El problema del Bullying de manera global se está identificando en los diferentes países y cada uno de ellos les está dando tratamiento estadístico propio por lo que es recomendable que esa identificación se haga de manera ordenada y regulada para la asignación de los códigos a emplear.

En México se llegó a un acuerdo al interior del país a través del Centro Mexicano de Clasificación de Enfermedades  y Centro Colaborador para la Familia de Clasificaciones de la OMS en México (CEMECE), en el cual se determinó el uso de dos códigos para morbilidad, los cuales se deberán de usar de manera conjunta:

• Deberá asignarse el código de la Afección Principal (el cual dependerá del motivo de asistencia a los servicios de salud), más el código Z60.4 para identificar que es un caso de Bullying.

• En la Lista Tabular (Vol. 1) de la CIE-10, localizamos la subcategoría:

Z60.4  Problemas relacionados con exclusión y rechazo social 

Exclusión y rechazo por características personales tales como apariencia física inusual, enfermedad o comportamiento. 

Excluye: objeto de discriminación adversa por razones tales como raza y religión (Z60.5) 

• En el caso de mortalidad, se empleará la categoría Y07.- con alguno de sus cuartos dígitos.

Comentarios:

No se debe utilizar la subcategoría W20.2.8, en virtud de que NO se trata de un hecho accidental; es una agresión, por ello, la Causa Externa debe codificarse para este caso en Y07.2.8.

Al buscar el término: Golpe en el Índice Alfabético (Vol. 3) de la CIE-10, encontramos:

Golpe, golpeado (accidental) (contra) (de) (por) 

Podemos observar que existe dentro de los modificadores no esenciales el término: accidental; y la intencionalidad en los casos de Bullying, no es un accidente, es un agresión; razón por la cual se debe codificar en Y07.-

La necesidad de clasificar los problemas de Bullying, y de contar con un código específico, se planteó en 2014 a la OMS; sin embargo hasta ahora aún no se ha determinado un nuevo código para este problema. Ante esto, y con la idea de contar con información que permita evidenciar los casos de Bullying, se tomó el acuerdo en el CEMECE, de utilizar la subcategoría: Z60.4 (Problemas relacionados con exclusión y rechazo social), tanto por el título de la rúbrica, como por la nota que viene debajo de la subcategoría, que hace referencia a: “Exclusión y rechazo por características personales tales como apariencia física inusual, enfermedad o comportamiento”. Al respecto, le señalamos que revisamos ampliamente las diferentes categorías y subcategorías de la CIE-10, y la que más se adecua es Z60.4, en tanto la OMS nos proporciona un código más específico.

Cabe señalar que incluso en las últimas actualizaciones (2016-2018) de la CIE-10, no se dispone de un código para el Bullying, por lo que seguiremos con nuestro acuerdo.

Consideramos que si sólo se codifica el problema que lleva a la persona a solicitar la atención médica, en este caso la contusión testicular (S30.2), y le agregamos el código de causa externa (Y07.2.8), NO estamos identificando que se trata de un problema de Bullying (el síndrome de maltrato no indica que sea un problema constante como es el caso del Bullying), por ello en México, se llegó al acuerdo mencionado de acompañar a la naturaleza de la lesión (S30.2), o el problema que motiva el acceso a los servicios de salud, con el código Z60.4; para indicar que se trata de un problema de exclusión y rechazo social.

Hasta este momento no disponemos de un mejor código.

Por lo tanto la codificación en morbilidad la Afección Principal sería: S30.2 (Z60.4), más el código de causa externa Y07.2.8

• Si el sistema de captura permite ingresar dos códigos como Afección Principal, se ingresará: S30.2, Z60.4

• Si hay espacio para capturar la Causa Externa, se ingresará: Y07.2.8 (si permite hasta un quinto carácter)

• Si el sistema de captura, no permite ingresar dos códigos como Afección Principal, se capturará el motivo de la atención, en este caso: S30.2, y en Otras afecciones, se ingresará el código: Z60.4, para identificar que fue un caso de Bullying. Así se podría buscar en la base de datos las consultas relacionadas con Bullying, ya que se capturaría este código, aún cuando no esté en el mismo nivel que la Afección Principal.

Si se trata de una defunción, la causa básica sería: Y07.2.8 

Saludos cordiales

Amanda Navarro, Adriana Orellano, Moderadoras, Grupo Colegiado. 

Respuestas Grupo Colegiado

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